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Alcaldía Municipal de Neiva, Huila

Neiva / Nuestra Alcaldía / Dependencias / Centro Regional de Atención y Reparación a Víctimas

  • Oferta Institucional

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    VÍCTIMAS

    ​El gobierno nacional de Juan Manuel Santos anunció en la primera legislatura el interés en sacar adelante una Ley que contemplara satisfacer las necesidades insatisfechas de un amplio porcentaje. En este sentido el Gobierno presentó al Congreso un proyecto de Ley que se convertiría en la Ley 1448 de 2011 que buscó proteger y garantizar una reparación integral de derechos de la población víctima del conflicto armado. Esta Ley estableció una serie de competencias y tareas para los diferentes niveles de la administración pública (nacional, departamental y municipal).


    MESA MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE VÍCTIMAS

    Son espacios de trabajo temático y de participación. En ellos las víctimas podrán discutir, interlocutar, retroalimentar, capacitarse y hacer seguimiento a la implementación de la Le y 1448 de 2011 (artículo 264, Decreto reglamentario 1084 de 2017. Sus funciones son:
    a) Ser el espacio de diseño, interlocución, ejecución, consulta y evaluación de las víctimas a nivel nacional y territorial en la implementación de las políticas públicas con la administración pública y las entidades estatales.
    b) Proponer planes y programas en materia de atención a la población víctima.
    c) Diseñar estrategias para que las víctimas y sus organizaciones conozcan y respeten sus derechos, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, y hagan parte del proceso de participación efectiva.
    d) Ejercer el proceso de participación efectiva llegando hasta la incidencia en las políticas públicas en general y en los Planes de Acción Territorial (PAT) en particular.
    e) Elegir a los representantes a sus respectivas instancias de participación.
    f) Ejercer rendición de cuentas.
    g) Ejercer veeduría ciudadana sobre el cumplimiento de la Ley de Víctimas.
    h) Solicitar el cumplimiento de la Ley de Víctimas ante la autoridad competente.
    i) Elaborar un Plan de Trabajo anual el cual se integrará a los PAT.
    j) Incluir temas tendientes a fortalecer la participación desde el enfoque diferencial (Niños, Niñas y Adolescentes [NNA], jóvenes, mujeres, personas en situación de discapacidad, persona mayor, población LGBTI, población étnica).
    k) Presentar un informe anual sobre la aplicación de la Ley de Víctimas, al Concejo Municipal o Distrital, a la Asamblea Departamental o al Congreso de la República dependiendo del ámbito territorial de la mesa.
    l) Invitar a la administración pública y a las entidades del Estado a informar sobre la implementación de las políticas públicas.
    m) Adoptar un reglamento interno de organización y funcionamiento concordante con la Constitución Política de 1991, la Ley y el Protocolo de Participación, sin poder crear tipos sancionatorios subjetivos señalándolos de inmorales, falta de decoro o contra la costumbre. Es optativa la consulta del modelo de reglamento elaborado por la Unidad para las Víctimas.
    La Mesa de Participación Efectiva de Víctimas tiene la siguiente estructura:

    Gráfico No.1: Estructura Mesa Municipal de participación efectiva de Víctimas.


    paz 1.jpg 

    De manera breve, la estructura de la Mesa se da de la siguiente forma:
    Plenario de Mesa: Es la autoridad máxima de decisión de las mesas de participación efectiva del respectivo ámbito territorial, estarán constituidas por los representantes de las OV y ODV y deben cumplir con las funciones propias de las mesas de participación.
    Coordinador o Coordinadora de la Mesa: Es la persona elegida por el plenario y debe:
    Dirigir las sesiones de la mesa
    Orientar las discusiones
    Recibir los informes de avance de gestión de los grupos temáticos y de los representantes de la mesa en los espacios de interlocución.
    Comité Ejecutivo: Está conformado por el coordinador (a) y 6 miembros elegidos por el plenario, y deben: Ejecutar las decisiones del plenario
    Preparar y presentar propuestas
    Presentar informes trimestrales sobre sus actividades al plenario
    Las funciones que les asigne la mesa
    Grupos Temáticos: Son espacios de discusión, análisis y generación de propuestas de política pública que las mesas de participación de manera autónoma quieran constituir. Para su conformación, los grupos temáticos deberán tener en cuenta los hechos victimizantes y los enfoques diferenciales. Sus coordinadores son elegidos por el plenario de la respectiva Mesa
    Las Mesas de participación deben crear por obligación como mínimo los siguientes comités temáticos:
    a) Comité temático de Niños, Niñas y Adolescentes
    b)Comité Temático de Víctimas de Minas Antipersonas (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI)
    Comité de Ética: Ante una queja puesta por un integrante de la mesa, el Comité de Ética (CE) es el órgano encargado de evaluar las posibles faltas del miembro de la mesa denunciado. Está conformado por 3 miembros elegidos por el plenario.
    La Secretaría Técnica de la Mesa de Participación Efectiva de Víctimas es ejercida a nivel municipal y distrital por la Personería respectiva y a nivel departamental por la Defensoría del Pueblo (Art. 287 – Ley 1448 de 2011). A nivel nacional la Defensoría del Pueblo ejerce dicha secretaría técnica.
    Las funciones de la Secretaría Técnica son las siguientes:
    a) Inscribir a las Organizaciones de Víctimas (OV) y Organizaciones Defensoras de Víctimas (ODV) participantes en las elecciones de las mesas.
    b) Constatar los documentos requeridos para el proceso de inscripción y garantizar la confidencialidad de la información.
    c) Recibir y tramitar las solicitudes o reclamos de las OV y ODV frente a la no inscripción a la mesa.
    d) Convocar la elección e instalación de las mesas de participación del respectivo ámbito territorial.
    e) Garantizar, con el apoyo de la Unidad para las Víctimas y el gobierno territorial, el espacio de funcionamiento de la mesa así como los elementos logísticos necesarios.
    f) Apoyar la elaboración de los Planes de Acción Territorial PAT.
    g) En relación con las reuniones de las mesas: citarlas formalmente, convocándolas en un término de 15 días hábiles y ofreciendo la información requerida para su desarrollo; preparar la agenda de trabajo, coordinarla y llevar las actas.
    h) Realizar ejercicios de rendición de cuentas, veeduría ciudadana y control social, las mesas, en relación con la ejecución de recursos.
    i) Informar a las mesas sobre planes, programas y políticas de reparación a las víctimas.
    j) Contribuir a la elaboración de propuestas, observaciones y recomendaciones Recomendación.
    Resulta muy importante un diálogo fluido, respetuoso e institucional con la Personería Municipal que resulta ser quien ejerce la secretaría técnica de la Mesa Municipal de Víctimas. De esta manera, es importante que al principio de la vigencia y a partir del presupuesto destinado para las garantías de participación previstas en la ley se pueda establecer cuantas reuniones se deben realizar, establecer una reserva para reuniones extraordinarias, cuantas ferias de servicios se solicitan, etc.
    Es importante insistir que del trabajo de las Mesas de Participación Efectivas de Víctimas debe quedar un producto que pueda ser verificable.

  • Coordinador del Programa

    DANIEL DAVID NARVAEZ HERRERA

    TEL: 3143565207

    CORREO: secretariadepaz@alcaldianeiva.gov.co

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  • Ruta De Atención Víctimas
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    ​​​Ruta de Atención a Víctimas.jpg ​​​​​​​​​

  • Documentos de Lineamientos Técnicos

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